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Responsabilidad médica en la prescripción de medicamentos | FEPASDE

Escrito por Comunidad S.C.A.R.E - FEPASDE | 20/09/21 12:30 PM

Uno de los motivos que, desde el ámbito de la responsabilidad profesional médica, genera la obligación de responder por los daños causados a un paciente, se deriva del error que puede cometer el profesional de la salud al momento de prescribir medicamentos, tratándose de una conducta que pone en riesgo la seguridad, vida y salud de los pacientes.

La falla en este aspecto puede acarrear consecuencias negativas en lo profesional y en lo personal, las cuales se pueden evitar ciñendo su conducta en el momento de prescribir medicamentos a los parámetros dictados por la ley, ciencia y la ética

Posibles escenarios que conllevan al error durante la prescripción de medicamentos

 

El error en la prescripción de medicamentos, con entidad para generar consecuencias jurídicas, se puede configurar en varias hipótesis como por ejemplo: 

  • Cuando se utiliza de forma inadecuada, prescribiendo para una patología que no se encuentra indicada

  • Cuando se indica de manera incorrecta la dosis, concentración o cantidad que debe suministrársele al paciente

  • Cuando no se brindan las indicaciones necesarias para su uso de forma que cumpla con sus fines terapéuticos

  • Cuando se ordena sin tener en cuenta condiciones particulares del paciente que giren en torno al medicamento y su contraindicación en atención a otras patologías que este sufra u otros tratamientos o medicamentos que se encuentre usando de forma simultánea

  • Cuando se omiten los requisitos para una adecuada prescripción: escritura incorrecta, tachones o enmendaduras en la fórmula que conduzcan a error durante la medicación

 
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Deberes del profesional en salud al momento de prescribir medicamentos

 

El profesional de la salud debe asegurar que la prescripción de medicamentos que realice sea el resultado de una adecuada valoración y diagnóstico del paciente, de tal forma que se formulen los mejores medicamentos o alternativas terapéuticas disponibles e indicadas para el tratamiento de su enfermedad, condición o dolencia. En este sentido y con la finalidad de disminuir el riesgo médico legal, desde la S.C.A.R.E. y FEPASDE realizamos algunas recomendaciones que puedes tener en cuenta al momento de realizar este importante acto médico: 

  1. Lleva a cabo la prescripción por escrito, en letra clara y legible, una vez hayas evaluado al paciente y registrado en la historia clínica cada una de sus condiciones y el diagnóstico final.

  2. Asegúrate de señalar y verificar en el contenido de la prescripción el nombre del medicamento, concentración, forma farmacéutica, vía y frecuencia de administración, dosis, período de duración del tratamiento y la cantidad total de unidades farmacéuticas requeridas para el tratamiento, tanto en números como letras.

  3. Informa siempre al paciente sobre los efectos secundarios de los medicamentos ordenados y las indicaciones necesarias para su administración, dejando la anotación de esta observación en la respectiva historia clínica.

  4. Verifica que la fórmula médica permita la correlación de los medicamentos prescritos con el diagnóstico.

  5. Asegúrate que la prescripción permita la confrontación entre el medicamento prescrito y el dispensado y/o administrado por parte del profesional a cargo del servicio farmacéutico y del departamento de enfermería o la dependencia que haga sus veces.

  6. Recuerda que la prescripción de medicamentos solo podrá hacerse por personal de salud debidamente autorizado de acuerdo con su competencia profesional.

Recuerda que tener en cuenta estas recomendaciones puede contribuir a un ejercicio profesional más seguro, toda vez que las consecuencias que se generen por una incorrecta prescripción de medicamentos pueden dar lugar a reclamaciones en varios ámbitos de la responsabilidad profesional, que van desde la ética a la patrimonial, pasando por la penal y disciplinaria, las cuales pueden tener como consecuencia: 

  • Una amonestación

  • La suspensión del ejercicio profesional

  • La imposición de pagar una suma de dinero para reparar el daño que pueda causar por este motivo

  • La terminación del vínculo laboral o contractual con la entidad donde ejerza su profesión

  • Entre otras

Es por esto que la invitación es a prevenir que se concrete este riesgo y a que te vincules a nuestra comunidad para que un abogado oriente y atienda tus dudas sobre la prescripción de medicamentos o sobre la manera adecuada de proceder frente a un incidente o reclamación relacionada con una inadecuada formulación.

En la S.C.A.R.E. y FEPASDE estamos incondicionalmente para ti. Únete y accede a beneficios como: asesoría legal oportuna las 24/7, apoderamiento jurídico, cursos virtuales, préstamos y más. Nuestro propósito es que ejerzas tu profesión con respaldo, protección y garantías. ¡Ingresa y afíliate ahora!

Por: JOSÉ MONTERO PARRA - Abogado Esp. en Derecho del trabajo y de la seguridad social. 

 

Decreto 2200 de 2005 (Por el cual se reglamenta el servicio farmacéutico y se dictan otras disposiciones) Articulo 16.