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Según la Corte Constitucional, Colombia es un Estado social de derecho fundado en el respeto y la garantía a la dignidad humana, el trabajo y la prevalencia del interés general. Por su parte, la importancia del derecho al trabajo no se supedita solamente a la posibilidad de acceder a una vinculación laboral, sino que, además, comprende que la relación laboral se mantenga bajo condiciones dignas y justas, concepciones que deben ser comprendidas en todo tipo de relaciones contractuales, tanto del sector público, como las del sector privado. 

Justamente, en el desarrollo de dichas relaciones laborales pueden surgir los denominados: procesos disciplinarios. En el sector privado responden a aquellos que surgen en el desarrollo de un contrato de trabajo entre particulares, naciendo de cara a esas actuaciones que puede llevar a cabo el empleador cuando considere que un trabajador a su cargo ha cometido una falta que requiere una acción correctiva.Nueva llamada a la acción

Los resultados de este tipo de actuaciones pueden ir desde una amonestación hasta una suspensión o terminación del contrato laboral con justa causa, sin embargo, la legislación ha dispuesto que el proceso disciplinario del sector privado debe seguir un debido procedimiento, es decir, que el trabajador destinatario de la acción correctiva debe contar con las garantías mínimas que le permitan defenderse para que sus explicaciones sean tenidas en cuenta a la hora de adoptarse la decisión sobre la imposición de la sanción.

En relación, el tribunal constitucional ha emitido diversas sentencias, entre las cuales encontramos la T-917 de 2006, la cual precisa que un proceso disciplinario será válido ante la ley si cuenta con unas etapas mínimas procesales para dar cumplimiento y garantía a las actuaciones disciplinarias del sector privado, citando las siguientes:

  1. “La comunicación formal de la apertura del proceso disciplinario a la persona a quien se imputan las conductas posibles de sanción. 

  2. La formulación de los cargos imputados, que puede ser verbal o escrita, siempre y cuando en ella consten de manera clara y precisa las conductas, las faltas disciplinarias a que esas conductas dan lugar y la calificación provisional de las conductas como faltas disciplinarias.

  3. El traslado al imputado de todas y cada una de las pruebas que fundamentan los cargos formulados.

  4. La indicación de un término durante el cual el acusado pueda formular sus descargos, controvertir las pruebas en su contra y allegar las que considere necesarias para sustentar sus descargos.

  5. El pronunciamiento definitivo de las autoridades competentes mediante un acto motivado y congruente.

  6. La imposición de una sanción proporcional a los hechos que la motivaron.

  7. La posibilidad de que el encartado pueda controvertir, mediante los recursos pertinentes, todas y cada una de las decisiones”.

¿Cómo evitar ante un proceso disciplinario laboral?

Ahora bien, es válido precisar que dichos procesos sólo serán válidos siempre y cuando se falte a una actividad contemplada en los reglamentos internos de trabajo, que establecen las obligaciones, prohibiciones y faltas del empleado, así como el procedimiento para su comprobación y las sanciones que se deriven de las mismas. En estos términos lo consagra el artículo 108 del Código Sustantivo del Trabajo.

Teniendo en cuenta lo anterior, desde la S.C.A.R.E y el FEPASDE hemos definido unos parámetros de vital importancia, a modo de recomendaciones, frente a dos incógnitas: ¿Cómo evitar acciones disciplinarias en tu contra? y ¿qué hacer en el evento que te vincule a un proceso disciplinario laboral?

Iniciemos abordando el primer asunto: ¿Cómo evitar acciones disciplinarias en tu contra? Para ello es indispensable que:

  • Conoce y ten claridad acerca de tus funciones, obligaciones, prohibiciones y las faltas en las que puedes incurrir. Estas se encuentran tanto en el contrato de trabajo como en el reglamento interno de trabajo, por ello se recomienda, no sólo consultar constantemente estos documentos, sino también tener disponible una copia de los mismos. 

  • Consulta y ejecuta tanto los protocolos establecidos por las autoridades del sector salud (Ministerio de Salud y Protección Social, Secretarias de Salud o Entidades territoriales de salud) como los establecidos por la institución, pues su acatamiento hace parte de tus obligaciones. 

  • Mantén un conocimiento actualizado sobre los conductos regulares y jerárquicos establecidos por la institución para efectos del cumplimiento de las órdenes que te imparta tu empleador, con el objetivo de que puedas cumplirlas de manera oportuna y adecuada. 

¿Qué hacer ante un proceso disciplinario laboral?

Ahora bien, en cuanto a: ¿Qué hacer en el evento que te vincule a un proceso disciplinario laboral?

  • Ten en cuenta que tienes derecho a que se te comunique formalmente de la actuación disciplinaria que se inicia en tu contra. 

  • Verifica las etapas del proceso disciplinario establecido en el reglamento interno de trabajo para que tengas claridad respecto de la forma y oportunidades en las que puedes defenderte

  • Si eres informado de una actuación disciplinaria iniciada en tu contra, solicita de manera inmediata y documentada copia íntegra del expediente que conforma el proceso disciplinario, el cual debe incluir las pruebas que se pretenden hacer valer en tu contra.

  • Si eres notificado de elevación de cargos, solicita igualmente copia de los mismos y ten en cuenta que estos deben contener de manera clara y precisa las conductas que presuntamente dan lugar a la falta disciplinaria, de lo contrario, este es uno de los puntos que debes señalar en tus descargos, advirtiendo que el incumplimiento de estos requisitos del pliego de cargos imposibilita tu ejercicio adecuado del derecho de defensa pues difícilmente una persona puede defenderse de lo que no conoce o lo de lo que no tiene claridad. 

  • Una vez conocidos los cargos, verifica y analiza, con tiempo y debida antelación, tanto los argumentos como las pruebas que puedes hacer valer a tu favor y hazlos llegar de manera oportuna y documentada en la etapa propia de descargos.

  • Evita otorgar explicaciones verbales o escritas sin conocer con exactitud las presuntas faltas endilgadas y las pruebas que respaldan los reproches.

  • Recuerda que, como parte del debido proceso, tienes derecho a contar con un tiempo razonable para conocer el expediente y preparar los argumentos y pruebas de descargo

  • Ten en cuenta que solo te pueden ser endilgadas faltas previamente establecidas ya sea en el Código Sustantivo del Trabajo, en el contrato de laboral o en el reglamento interno de trabajo. 

  • No minimices aquellos eventos en los que se te endilgan conductas que no hayan ocasionado un daño a terceros, ya que la falta puede ser con o sin la existencia de un daño o perjuicio.  

  • Recuerda tu derecho a controvertir las decisiones que se adopten como producto del proceso disciplinario iniciado en tu contra. 

  • Si producto de la actuación disciplinaria se da por terminada la relación laboral con justa causa y consideras que dicha decisión no tiene una justificación adecuada, recuerda que tales actos pueden ser demandados ante la jurisdicción laboral, para lo cual es importante que tengas documentado el proceso disciplinario que se surtió en tu contra.

Por último, recuerda que en la S.C.A.R.E y el FEPASDE contarás con el respaldo de un equipo jurídico de profesionales a tu disposición 24/7 para atender de manera priorizada esas inquietudes que puedas tener sobre un proceso disciplinario en tu contra. Afíliate y únete a nuestra comunidad y accede a todos los beneficios que tenemos para ti.Cómo afiliarse a la S.C.A.R.E y FEPASDE

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Tags: Normatividad Médica

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