Cuando el profesional de la salud se vincula a una entidad para prestar sus servicios, se generan un gran número de derechos y obligaciones por parte del empleador, los cuales, por ley, deben respetarse para garantizar un trabajo digno y bajo condiciones justas, sin la posibilidad de renunciar a ellos por ser normas de orden público.
Es importante aclarar que cuando el personal sanitario es vinculado a través de contrato laboral, es responsabilidad del empleador cumplir con el pago de las prestaciones sociales, afiliación a seguridad social, pago de nómina, otorgar licencias, entre otras obligaciones, dentro de los tiempos estipulados por la normatividad colombiana vigente, además, deberá cumplir con las cláusulas derivadas de la relación contractual, ya sea de naturaleza pública o privada.
A mediados del año anterior, el Ministerio de Trabajo reportó 1.710 reclamaciones por violación de los derechos laborales en todo el país. En el informe existen 149 requerimientos relacionados con el sector de la salud.
Como bien se sabe, el 2020 fue un año en donde la Covid-19 marcó una situación de gran impacto a nivel global, es por esto que, con la intención de cuidar a los afectados, el Talento Humano en Salud ha estado en la primera línea de atención. Sin embargo, varios medios de comunicación confirmaron que el personal ha sufrido violaciones de sus derechos laborales por razones como:
Excesiva carga laboral.
Baja remuneración.
Adeudamiento de salarios.
Falta de Elementos de Protección Personal (EPP).
Falta de cobertura en salud y seguridad social.
Entre otras.
En el documento “Formas de vulneración de los derechos laborales: efectos en la economía”, publicado en el repositorio de la Universidad Católica, se abarcan otras razones que implican una violación de los derechos laborales como el no pago de cesantías, negativa para negociar o el irrespeto de la jornada máxima legal.
Así mismo, es importante aclarar que existen relaciones laborales que pueden estar camufladas por diversos tipos de contratación, vulnerando el principio constitucional de la realidad sobre las formas, lo que agudiza los problemas de falta de oportunidad en el pago de los salarios o prestaciones.
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La normatividad colombiana permite que el trabajador pueda reclamar libremente los derechos laborales no reconocidos por parte de la entidad contratante.
Esta reclamación debe hacerse dentro de un periodo de tiempo determinado después de la violación del derecho específico o del acto que haya atentado contra los derechos del colaborador. Si no se reclama en el término establecido por la ley, podría configurarse el fenómeno de la prescripción, es decir, perder la oportunidad de reclamar por encontrarse fuera de los tiempos indicados.
El término para presentar una reclamación judicial por violación de derechos laborales es de tres años, contados a partir del momento en que se desencadenó el incumplimiento de lo establecido por la ley en beneficio del colaborador.
Retomando el documento “Formas de vulneración de los derechos laborales: efectos en la economía”, se concluye que, de acuerdo con indicadores como el Índice de Productividad Laboral y la informalidad laboral, existe una relación inversa entre la productividad en el trabajo y la violación de los derechos, toda vez que esto puede generar desmotivación y afectar el rendimiento del trabajador.
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