<img height="1" width="1" style="display:none" src="https://www.facebook.com/tr?id=270381907536151&amp;ev=PageView&amp;noscript=1">

 

El ius variandi es una expresión en latín que hace mención al “derecho a cambiar”. En el ámbito del Derecho Laboral es la facultad que tiene el empleador para modificar las condiciones del contrato de trabajo, haciendo énfasis en la prestación personal del servicio en lo relacionado al lugar, es decir, al factor territorial o locativo que puede implicar un cambio de sede o lugar de trabajo.  

De igual forma, corresponde a la posibilidad de cambiar los horarios, días de trabajo y el modo de trabajo que se relaciona con los roles, funciones, tareas, actividades y responsabilidades del trabajador. Lo anterior se fundamenta con la facultad subordinante del empleador establecida en el artículo 23 del Código Sustantivo del Trabajo (C.S.T.).  

Cómo evitar una reclamación jurídica en el sector salud

Esta posibilidad que tiene el empleador de cambiar las condiciones del contrato de trabajo no es absoluta, puesto que no se pueden modificar algunos aspectos claves del contrato tales como: 

  • El salario (cuando afecte al trabajador)

  • La forma y periodicidad del pago

  • Derechos del trabajador o de su familia

  • La dignidad, el mínimo vital o el derecho a la salud

  • Entre otros

En este sentido, para ejercer esta facultad debe existir una justificación válida y relacionada con el trabajador, la cual respalde y argumente la decisión del empleador, por ejemplo: la apertura de una nueva sede, la necesidad del servicio en otro lugar, el desarrollo de los objetivos de la empresa, entre otras razones.

En este video te contamos más del ius variandi:

 
Estos contenidos también te pueden interesar:

 

De igual forma, con la finalidad de salvaguardar los derechos laborales y fundamentales del trabajador, el empleador debe cumplir con los criterios que han venido desarrollando las Altas Cortes, según los cuales puede modificar el contrato de trabajo siempre y cuando se analicen las circunstancias particulares que afectan a cada trabajador, como por ejemplo:

  • Su situación familiar

  • Su estado de salud

  • Las condiciones salariales que ostenta

  • Su comportamiento durante la relación laboral

Adicionalmente, debe cumplir con tres aspectos básicos para hacer uso del ius variandi

1. Una justificación que respalde el cambio de las condiciones laborales

 

Condiciones en el contrato de trabajo del sector salud

Para llevar a cabo el Ius Variandi se requiere tener una justificación válida que no perjudique al profesional de la salud sino que, por el contrario, le beneficie el cambio o traslado de lugar. 

2. El análisis de que el cambio laboral no afectará al trabajador ni a su núcleo familiar

 

El Ius Variandi debe ejecutarse sin afectar al trabajador ni a su círculo familiar más cercano, es por esto que el análisis mencionado anteriormente debe terminarse antes de tomar la decisión para revisar si existen variables que perjudiquen al personal de la salud o su familia.

3. Un acuerdo entre las partes sobre la modificación de las condiciones laborales

 

Como todo acuerdo contractual, debe existir un acuerdo entre el empleador y colaborador para realizar el cambio de las condiciones laborales pactadas desde el inicio del contrato. Este es el paso final después de determinar la justificación o argumento del cambio y confirmar que no pone en riesgo el bienestar del trabajador.

CTA cómo afiliarse al Fepasde

¿Necesitas asesoría legal oportuna?, ¿necesitas orientación en temas laborales? o ¿te gustaría tener respaldo jurídico las 24/7? ¡Únete a nuestra comunidad! En S.C.A.R.E. y FEPASDE velamos por tu protección y te acompañamos para que puedas ejercer de forma íntegra, segura y humana. Ingresa y afíliate para que puedas acceder a cada beneficio.

 

Concepto No. 56962 del 2019 del Ministerio de Trabajo.

 Sentencia T-483 de 1993 M. P. Dr. Jose Gregorio Hernandez Galindo

Escrito por: Bibiana Andrea Alarcón Maldonado - Abogada Especialista en Derecho Laboral y Seguridad Social 

Tags: asesoria juridica

fepasde 30

Suscríbete a nuestro Boletín