La indemnización por despido sin justa causa es un pago al cual tiene derecho el trabajador cuando la empresa da por terminado su contrato de trabajo sin una justa causa que lo motive, es decir, sin que haya incumplido sus deberes u obligaciones como trabajador; también cuando exista vulneración al debido proceso laboral que se da por ejemplo:
Cuando al trabajador que ha incumplido con algunos de los deberes u obligaciones se le adelanta un proceso disciplinario donde no se le garantiza el derecho de defensa y contradicción.
Cuando en su calidad de trabajador decide terminar la relación laboral de manera unilateral por incumplimiento de las obligaciones de su empleador(1), por ejemplo: cuando de manera reiterada incumplen con su salario o cuando cometen en su contra conductas de acoso laboral.
Se pagará teniendo en cuenta el tiempo laborado, el valor del salario y el tipo de contrato por medio del cual fue vinculado, conforme lo señala el artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo(2), de la siguiente manera:
Si estabas vinculado por medio de un contrato a término indefinido y devengabas menos de 10 SMLMV (correspondiente en el año 2021 a la suma de $ 9.085.260) y tuviste un tiempo laborado no mayor de un año, te cancelarán 30 días de salario como indemnización por despido sin justa causa.
Ejemplo: Un técnico en radiología que devengaba la suma de $2.500.000 fue vinculado laboralmente el 01 de enero del 2020 y su contrato le fue terminado sin justa causa el 31 de julio del 2020, por ende, recibió como indemnización la suma de $2.500.000 correspondiente a 30 días de salario, ya que no superó el año de trabajo y no devengaba más de 10 SMLMV.
Si devengabas menos de 10 SMLMV y laboraste más de un año, se te cancelarán 30 días de salario por el primer año y por cada año adicional se te pagará la suma equivalente a 20 días de salario.
Ejemplo: Un odontólogo cuyo salario era de $3.500.000 fue contratado el día 28 de febrero del 2019 y finalizó contrato (sin causa) el 28 de febrero del 2021, laborando 2 años continuos para la entidad contratante, lo que le representó una indemnización de $3.500.000 que corresponde a 30 días de salario por el primer año más la suma de $2.800.000 que corresponde a 20 días de salario por el segundo año, recibiendo un total de $ 6.300.000 como indemnización por despido sin justa causa.
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Si devengabas un salario igual o superior a 10 SMLMV y laboraste menos de un año, te cancelarán veinte (20) días de salario como indemnización por despido sin justa causa.
Ejemplo: Un anestesiólogo fue contratado el día 01 de noviembre del 2021 y fue despedido sin justa causa el 28 de febrero del 2021, devengando la suma de $12.000.000, por lo que recibió 20 días de salario como indemnización, es decir, le pagaron $8.000.000, ya que laboró menos de un año y ganaba más de 10 SMLMV.
Si devengabas más de 10 SMLMV y laboraste más de un año, te cancelarán 20 días de salario por el primer año y por los años siguientes laborados te pagarán la suma equivalente a 15 días adicionales de salario como indemnización por despido sin justa causa.
Ejemplo: Un cirujano plástico que devengaba un salario de $9.085.260, es decir, 10 salarios mínimos legales mensuales, fue vinculado el 31 de julio del 2018 y le terminaron el contrato el 31 diciembre del 2020, es decir, laboró 1 año y 5 meses y como indemnización por despido sin justa causa recibió la suma de $6.056.840 que corresponde a 20 días de salario por el primer año más $4.542.630 correspondiente a 15 días de salario por el segundo año, recibiendo $10.599.470 como indemnización final por todo el tiempo laborado.
La indemnización en este tipo de contrato será igual al salario que corresponda al tiempo faltante para terminar el contrato, aquí no importa el monto del salario, sino el tiempo que faltó para la expiración del plazo pactado inicialmente.
Ejemplo: Si tu contrato fue por el término de un año con una asignación salarial de $2.500.000 y te despidieron a los 9 meses, la indemnización corresponde a los salarios que hubieras devengado durante los 3 meses faltantes para completar el año, por lo cual tu empleador debe pagarte $7.500.000 que equivale a estos 90 días.
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Este tipo de contrato se caracteriza porque su terminación está ligada a la duración de la obra para la cual fuiste contratado, por consiguiente, la indemnización será igual a los salarios que hubieras devengado hasta la finalización de la obra o labor contratada.
Ejemplo: Un trabajador fue contratado para cubrir la incapacidad de un jefe de enfermería por el término de 4 meses, cuya asignación salarial eran $2.000.000, lo despiden a los 2 meses sin que el jefe de enfermería haya retornado a su puesto de trabajo. En este caso, el empleador debe indemnizar teniendo en cuenta los 2 meses que faltaban para cumplir con la labor encomendada y debe cancelar como indemnización la suma de $4.000.000.
Si el empleador termina tu contrato de trabajo sin justificación, ten en cuenta lo siguiente:
No olvides conservar una copia de tu contrato de trabajo, ya que este determinará el monto de la indemnización a la que tienes derecho.
La indemnización por despido sin justa causa no aplica para los contratos de prestación de servicios, en razón que no hubo una relación laboral, te recomendamos revisar el caso de manera particular con un abogado.
Es fundamental, en caso de ser despedido de tu trabajo, exigir siempre que la empresa entregue la carta de despido por escrito para leerla bien antes de firmar.
Si en la terminación del contrato laboral no te cancelan la indemnización por despido injustificado, se puede llevar a cabo una reclamación contra tu empleador solicitando el pago. Además, puedes acudir ante los inspectores de trabajo o iniciar una demanda laboral ante los jueces del trabajo.
Recuerda que no se tiene derecho al pago de una indemnización cuando:
Se termina el contrato por no haber superado el periodo de prueba.
Finaliza el contrato a término fijo por expiración del plazo.
Se da por terminado el contrato con justa causa según lo estipulado en el Código Sustantivo de Trabajo y el Reglamento Interno de Trabajo.
Se empieza a recibir la pensión de vejez.
El trabajador renuncia de manera voluntaria
Ten presente que el empleador tiene la autonomía de terminar un contrato laboral de manera unilateral sin que medie una justa causa, en estos casos el empleador lo que tiene es la obligación legal de pagar la indemnización por despido injusto, teniendo en cuenta el tiempo laborado, el valor del salario y el tipo de contrato con el cual fue vinculado, tal como lo señalamos anteriormente.
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(1) Código Sustantivo del trabajo Articulo 62. TERMINACIÓN DEL CONTRATO POR JUSTA CAUSA. B. Por parte del trabajador.
(2) " Artículo 64 TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO DE TRABAJO SIN JUSTA CAUSA. http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/codigo_sustantivo_trabajo.html