El seguro constituye un instrumento clásico de gestión del riesgo, estructurado sobre principios técnico-financieros que garantizan su sostenibilidad y previsibilidad. Su funcionamiento descansa en mecanismos como el reaseguro, los límites temporales de cobertura y los deducibles, pilares que obedecen a la ley de los grandes números y permiten distribuir el riesgo entre una amplia comunidad de asegurados. Estas características no representan restricciones, sino los fundamentos técnicos que hacen posible la mutualización del riesgo y la estabilidad del sistema asegurador.
En contraste, los fondos gremiales de protección, como el Fepasde, también cuentan con respaldo económico, pero se sustentan en una lógica distinta: la solidaridad profesional. Su naturaleza no es mercantil, sino colectiva, y responde a un modelo de financiación basado en las contribuciones de sus afiliados. Este enfoque le permite al Fepasde cumplir una doble función: proteger el patrimonio individual del profesional ante eventuales reclamaciones y, al mismo tiempo, promover el ejercicio seguro mediante estrategias de prevención, formación y acompañamiento técnico-jurídico. En consecuencia, su finalidad trasciende la simple indemnización del daño para situarse en la esfera de la corresponsabilidad gremial y la sostenibilidad del ejercicio profesional en salud.
En este contexto, contar con una póliza de responsabilidad civil profesional o con un esquema de protección gremial como el Fepasde constituye una forma de blindaje integral. Ambos modelos disponen de soporte financiero y buscan mitigar los efectos económicos derivados de la judicialización del acto médico; sin embargo, difieren en su estructura y propósito: la póliza traslada el riesgo a una aseguradora bajo un contrato regulado por el derecho privado, mientras que el fondo lo gestiona colectivamente mediante principios de cooperación, solidaridad y fortalecimiento institucional del talento humano en salud.
Entonces, cabe preguntarse: ¿cuál conviene más según tu perfil? Para responderla, primero es importante comprender qué ofrece cada alternativa.
¿Qué es la póliza de responsabilidad civil (RC)?
La poliza rc es un contrato de seguro mediante el cual una compañía aseguradora asume el riesgo de cubrir bajo las condiciones pactadas las reclamaciones presentadas contra un médico, odontólogo u otro profesional de la salud.
En otras palabras, ¿qué es un seguro de responsabilidad civil? Es una herramienta que protege tu patrimonio frente a demandas que puedan surgir de tu práctica médica.
Principales características de la póliza RC
1. Cobertura
La cobertura de indemnización constituye el núcleo funcional del contrato de seguro de responsabilidad civil profesional, pues traduce en términos patrimoniales la obligación del asegurador de mantener indemne al asegurado frente a la eventualidad de un reclamo derivado del ejercicio de su actividad profesional. En el ámbito sanitario, dicha cobertura se activa cuando un paciente o sus familiares formulan una reclamación —judicial o extrajudicial— por presuntos daños ocasionados con ocasión del acto asistencial, siempre que tales hechos sean imputables a culpa, error u omisión y se enmarquen dentro de los riesgos amparados por el contrato.
Desde el punto de vista técnico, la obligación de la aseguradora está delimitada por tres variables esenciales: el alcance material del riesgo cubierto, las exclusiones contractuales y la limitación temporal de la cobertura.
1.1. Riesgos cubiertos
El seguro ampara la responsabilidad civil extracontractual o profesional del asegurado, esto es, el deber jurídico de reparar los perjuicios ocasionados a terceros por actos culposos, errores o negligencias cometidos en el ejercicio lícito de su profesión. Comprende tanto los daños materiales como los inmateriales —morales, fisiológicos o por afectación a bienes personalísimos— en los términos reconocidos por la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia. De forma complementaria, el contrato puede incluir gastos de defensa, fianzas judiciales y costas procesales, ya sea dentro del límite asegurado o en exceso de éste, dependiendo del modelo de cobertura pactado.
1.2. Exclusiones
Las exclusiones representan la contracara técnica de la cobertura, pues delimitan los riesgos cuya asunción resulta jurídicamente impropia o económicamente inviable. De manera general, se excluyen los actos dolosos, las conductas realizadas con abuso de confianza o con propósito ilícito, así como aquellas en las que el profesional haya actuado sin la habilitación o licencias exigidas por la autoridad competente. Tampoco suelen estar amparadas las sanciones de carácter penal o disciplinario, las multas administrativas ni las obligaciones contractuales de resultado. En términos técnicos, estas exclusiones preservan la naturaleza aleatoria del contrato y garantizan el principio de asegurabilidad, evitando la cobertura de riesgos ciertos o contrarios al orden público.
1.3. Limitación temporal
En el seguro de responsabilidad civil médica predomina la modalidad “claims made”, conforme a la cual la cobertura se activa frente a reclamaciones presentadas y notificadas al asegurador durante la vigencia de la póliza, sin importar la fecha del hecho generador, siempre que éste ocurra dentro del período de retroactividad convenido. Este modelo exige, por tanto, la verificación de tres elementos temporales: (i) que el hecho generador se ubique dentro de la retroactividad pactada, (ii) que la reclamación sea formulada durante la vigencia de la póliza, y (iii) que la notificación al asegurador se realice de forma oportuna y completa.
La retroactividad es un elemento esencial para quienes han tenido continuidad profesional anterior, pues permite cubrir actos realizados en vigencias previas; mientras que la cola o período de notificación extendida ofrece una ventana adicional para reportar reclamaciones tardías tras la expiración de la póliza. Cualquier interrupción entre vigencias o cambio de aseguradora sin conservación de la fecha retroactiva genera una “zona gris” o vacío de cobertura, contraria al principio de continuidad asegurativa que exige la doctrina moderna en materia de responsabilidad profesional.
De este modo, la cobertura de indemnización en el seguro de responsabilidad civil profesional no se reduce a una simple transferencia del riesgo, sino que constituye un entramado técnico-jurídico de límites cuantitativos, temporales y cualitativos que buscan equilibrar la aleatoriedad del contrato con la sostenibilidad del sistema asegurador y la protección efectiva del patrimonio del profesional.
¿Qué es el Fepasde y qué tipo de protección ofrece?
El Fondo Fepasde es diferente al seguro. Opera bajo una lógica distinta y, en realidad, ambos mecanismos se complementan. Mientras el seguro responde a un modelo financiero con límites, deducibles y restricciones temporales propias del sistema claims made, el Fepasde se estructura bajo principios de solidaridad y corresponsabilidad gremial, sin las limitaciones técnicas que caracterizan al contrato de seguro.
En el Fepasde no existen límites temporales de cobertura ni deducibles, y su protección no depende del momento en que se presente la reclamación. Si el afiliado fallece, el respaldo jurídico y económico se mantiene vigente frente a los procesos que involucren su responsabilidad profesional, garantizando la continuidad del acompañamiento a sus herederos o sucesores procesales.
Además, el Fepasde ofrece defensa integral en todas las jurisdicciones donde puede verse comprometido el ejercicio profesional, no solo en el ámbito penal, sino también en los procesos disciplinarios y ético-profesionales, en los que la incidencia del acto asistencial puede tener consecuencias graves. Esa amplitud de cobertura no existe en las pólizas de responsabilidad civil, que se limitan al resarcimiento económico dentro de los términos contractuales.
El Fepasde, en consecuencia, constituye un mecanismo de respaldo jurídico, técnico y solidario que se ajusta a las particularidades del ejercicio del talento humano en salud, complementando —y no sustituyendo— la protección que otorgan las pólizas de seguro.
Beneficios principales del Fepasde
1. Defensa jurídica integral y tecnológicamente conectada.
El Fepasde ofrece acompañamiento especializado en todos los escenarios en que puede comprometerse la responsabilidad del profesional de la salud, tanto en entornos presenciales como en prácticas mediadas por tecnología. Su defensa abarca procesos penales, disciplinarios, ético-profesionales y administrativos, incorporando asesoría en casos derivados de la atención virtual, la telemedicina o el manejo de información clínica digital. El acceso a equipos jurídicos y periciales interdisciplinarios garantiza una respuesta ágil, informada y adaptada a las nuevas dinámicas del entorno digital.
2. Solidaridad gremial fortalecida por la interconexión.
El modelo del Fepasde se fundamenta en la cooperación entre pares, actualizada a los nuevos canales de comunicación profesional. En una época donde los juicios públicos y las redes sociales pueden amplificar los conflictos asistenciales, pertenecer a un sistema solidario representa más que un respaldo económico: es pertenecer a una comunidad profesional que se apoya, se forma y se defiende de manera colectiva, incluso frente al riesgo reputacional que hoy trasciende el ámbito judicial.
3. Educación, prevención y gestión del riesgo en entornos digitales.
El Fepasde no solo interviene ante el litigio, sino que desarrolla programas de formación continua orientados a la prevención, al uso responsable de la información clínica, al consentimiento informado electrónico, a la seguridad del paciente y a la trazabilidad digital del acto médico. En un contexto donde la evidencia técnica se construye y almacena en plataformas electrónicas, el acompañamiento educativo del fondo se convierte en una herramienta esencial de autoprotección y de práctica responsable.
4. Accesibilidad y soporte constante.
Su modelo de aportes periódicos mantiene una relación costo-beneficio altamente favorable frente a las pólizas privadas de responsabilidad civil, sin sacrificar calidad ni alcance jurídico. El sistema de atención digital permite gestionar solicitudes, asesorías y actualizaciones de manera remota, facilitando que el afiliado acceda a orientación o defensa inmediata desde cualquier lugar del país, 24/7.
5. Respaldo integral para nuevas generaciones del talento humano en salud.
En un entorno profesional donde los médicos jóvenes enfrentan mayor exposición mediática, múltiples vínculos laborales y exigencias regulatorias crecientes, el Fepasde ofrece una red de protección jurídica y formativa que se adapta a los cambios tecnológicos del sector. Su enfoque preventivo y solidario brinda seguridad a quienes inician su carrera en escenarios de atención híbrida o digital, donde las fronteras entre el acto médico presencial y virtual se han difuminado.
Póliza RC vs. Fepasde: comparación práctica
Para entender las diferencias reales entre una póliza de responsabilidad civil profesional y el Fepasde, resulta más claro observar cómo operan en un caso concreto.
1. Escenario: cirugía cardiovascular con complicaciones graves
Un cirujano cardiovascular enfrenta una demanda por una complicación severa ocurrida durante una intervención quirúrgica, con pretensiones millonarias formuladas por los familiares de la paciente.
Con póliza de responsabilidad civil (RC):
La aseguradora puede cubrir tanto los honorarios del abogado defensor como la indemnización impuesta por el juez, pero únicamente dentro de los límites económicos y técnicos del contrato de seguro. Esa frase —“dentro de los límites de la póliza”— encierra múltiples condiciones que el profesional debe conocer.
El primer aspecto crítico es la modalidad temporal de la cobertura, que puede ser:
a) Por ocurrencia: el siniestro está cubierto si el hecho generador (el acto médico o el error) ocurrió durante la vigencia de la póliza, aunque la reclamación llegue después.
b) Claims made (por reclamación): la cobertura solo opera si la reclamación del paciente o sus familiares se presenta durante la vigencia de la póliza, sin importar cuándo ocurrió el hecho médico.
c) Sunset: Combina el requessuri tradicional de cobertura de la ocurrencia, exigiendo que el hecho ocurra dentro de la vigencia a lo cual le suma que el paciente o sus familiares presenten la reclamación o demanda dentro del periodo establecido para tal efecto, que se pacta de por lo menos dos años.
En el modelo claims made, el médico debe renovar su póliza incluso si se ha retirado del ejercicio profesional, pues una reclamación presentada después de vencida la vigencia no estaría cubierta. Esta exigencia contrasta con la realidad procesal colombiana, donde la acción civil derivada de responsabilidad médica prescribe en diez (10) años, mientras que la acción derivada del contrato de seguro prescribe en cinco (5) años desde que el asegurado conoce o debió conocer el siniestro. Así, pueden coexistir escenarios en los que el paciente aún puede demandar, pero el seguro ya no ofrece cobertura por haber caducado o acción derivada del contrato de seguro o porque no estaba vigente al momento de que se presenta la primera reclamación del paciente o sus familiares.
Además, el asegurado tiene el deber de informar al asegurador, al momento de renovar, cualquier hecho o circunstancia que pudiera dar lugar a una futura reclamación. Este deber de declaración del riesgo es fundamental porque su incumplimiento configura reticencia o inexactitud, lo que puede generar la nulidad del contrato o la pérdida del derecho a la indemnización. El problema práctico es que, al cumplir con este deber, el asegurador puede decidir no renovar la póliza, aumentar la prima o excluir expresamente ese riesgo en la renovación, en aplicación de los criterios técnicos de selección del riesgo.
Por ello, el uso adecuado de una póliza RC requiere conocimiento técnico: saber qué modalidad se tiene, cuál es su fecha retroactiva, si incluye período de notificación extendida, y cómo se comporta frente a hechos conocidos antes de la renovación. Un seguro mal entendido o mal administrado puede dejar al profesional con póliza, pero sin cobertura efectiva.
Con Fepasde:
El Fepasde funciona bajo un principio distinto: el de la solidaridad gremial y la continuidad del respaldo jurídico y económico. No está sujeto a límites temporales ni a las modalidades claims made o sunset. Su protección no depende de cuándo ocurrió el hecho ni de cuándo se presente la reclamación, sino de que el afiliado esté al día en sus aportes y que no se trate de un acto doloso.
A diferencia del seguro, en el Fepasde no existen deducibles, límites de reclamación ni exclusiones por vigencia. Si el afiliado fallece, el fondo mantiene la representación jurídica y la cobertura económica en favor de sus herederos o sucesores procesales, garantizando la continuidad de la defensa mientras subsistan los procesos relacionados con su ejercicio profesional.
El respaldo del Fepasde no se limita a la jurisdicción civil o penal. Cubre integralmente todos los frentes donde puede comprometerse la responsabilidad del profesional: penal, disciplinario, ético y administrativo. Es decir, ofrece defensa en procesos ante tribunales de ética profesional, procuradurías, juzgados o fiscalías, donde la incidencia de una actuación asistencial puede tener consecuencias sancionatorias o reputacionales graves.
Por tanto, comparar el Fepasde y una póliza de RC solo por el valor económico de la cobertura es un error conceptual. En el contrato de seguro, el monto asegurado carece de sentido si la cobertura está restringida por cláusulas temporales, exclusiones o el incumplimiento de los deberes del asegurado. En cambio, el Fepasde opera con base en reglas de continuidad y solidaridad, sin esas limitaciones técnicas, y acompaña al afiliado durante todo el ciclo del proceso, dentro de los términos legales aplicables y conforme a su reglamento.
En síntesis, el seguro traslada financieramente el riesgo, pero depende de su estructura contractual y de la buena gestión del asegurado; mientras que el Fepasde asume solidariamente la defensa, con continuidad, sin límites temporales ni deducibles, y con una cobertura jurídica integral. Ambos mecanismos se complementan: el seguro protege el patrimonio frente al pago de indemnizaciones, y el Fepasde protege la persona y la práctica profesional frente a los riesgos jurídicos que conlleva ejercer la medicina en un entorno de alta judicialización.
2. Escenario: médico general recién egresado
Un médico recién graduado que inicia su ejercicio en consulta externa busca una forma de protección ante los riesgos jurídicos derivados de su práctica profesional.
Con póliza de responsabilidad civil (RC):
El profesional puede acceder a una cobertura robusta frente a eventuales reclamaciones por daño, pero a cambio de una prima inicial elevada, lo que puede resultar oneroso al comienzo de la vida laboral. Además, debe entender que el seguro solo conserva su eficacia si se mantiene vigente mediante renovaciones continuas. La protección futura depende directamente de esa renovación, ya que la mayoría de pólizas del mercado funcionan bajo el modelo claims made, en el que la reclamación del paciente debe presentarse dentro del periodo de vigencia. Si el médico interrumpe la renovación, pierde retroactividad y, por tanto, la posibilidad de que la aseguradora asuma reclamaciones por actos ocurridos en el pasado. En términos prácticos, puede quedar “asegurado sin cobertura”.
Con Fepasde:
El afiliado obtiene una protección jurídica completa a bajo costo, sin deducibles ni límites temporales, y con acompañamiento desde el primer día de ejercicio profesional. El respaldo no está condicionado a renovaciones ni a periodos de reclamación, sino al cumplimiento del aporte mensual y a la inexistencia de dolo en la conducta. Este esquema permite que el joven médico conserve íntegro su patrimonio desde el inicio de su carrera, pues ante un proceso judicial no tendría que asumir gastos de defensa ni comprometer recursos propios. Además, el Fepasde le proporciona asesoría preventiva y orientación ética, ayudándole a consolidar una práctica profesional segura y conforme a la lex artis.
En síntesis, mientras la póliza RC representa una herramienta técnica de transferencia de riesgo con exigencias contractuales complejas, el Fepasde ofrece una cobertura jurídica inmediata, continua y accesible, que protege al recién egresado mientras construye su patrimonio y consolida su ejercicio profesional en un entorno cada vez más expuesto a la judicialización.
¿Cómo elegir la mejor opción para tu perfil profesional
Elegir entre una póliza de responsabilidad civil profesional y el Fepasde no significa optar por una u otra, sino comprender que ambas responden a lógicas distintas y complementarias dentro de una misma estrategia de protección. La decisión depende de la especialidad, la etapa profesional, el entorno laboral y la capacidad económica, pero sobre todo del nivel de exposición jurídica y patrimonial propio de cada ejercicio.
En la actualidad, la póliza de responsabilidad civil médica se ha convertido en un requisito casi cultural dentro de las instituciones de salud. La mayoría de las IPS y clínicas exigen su presentación como condición para la vinculación o para la práctica asistencial, pues representa una garantía financiera ante eventuales reclamaciones. Sin embargo, su eficacia real se potencia cuando se combina con la afiliación al Fepasde, ya que esta integración permite unir la cobertura patrimonial de la póliza con un acompañamiento jurídico permanente y especializado, disponible las veinticuatro horas del día y los siete días de la semana, por medios presenciales, telefónicos y virtuales.
El Fepasde también protege el patrimonio del profesional, pero su alcance es más amplio. Además de la defensa frente a reclamaciones patrimoniales, ofrece asesoría y representación en otros ámbitos esenciales del ejercicio médico, como el derecho laboral, la seguridad social, las pensiones, los procesos disciplinarios y ético-profesionales. Su enfoque es integral y preventivo: trabaja para evitar el daño antes de que ocurra, promoviendo buenas prácticas, fortaleciendo la cultura de seguridad del paciente y orientando decisiones clínicas y administrativas que reduzcan la exposición jurídica del afiliado.
Por ello, la elección debe basarse en una evaluación realista. Quienes ejercen especialidades de alto riesgo —como cirugía plástica, anestesiología o gineco-obstetricia— necesitan una póliza de responsabilidad civil médica vigente que respalde económicamente posibles indemnizaciones, pero se benefician aún más al mantener su afiliación al Fepasde. Los médicos jóvenes o en etapa de prácticas pueden iniciar su vida profesional con el Fepasde, que ofrece cobertura jurídica completa y accesible, sin los costos iniciales elevados de una póliza privada.
Para quienes trabajan en instituciones privadas, donde la póliza suele ser exigida como requisito contractual, la combinación de ambos instrumentos es la fórmula más sólida: el seguro garantiza respaldo económico y cumplimiento normativo, mientras el Fepasde brinda defensa, acompañamiento continuo y formación preventiva.
En síntesis, la mejor opción no se limita a una elección excluyente. La verdadera protección del talento humano en salud surge de la complementariedad entre ambos mecanismos. El seguro transfiere el riesgo económico; el Fepasde, además de proteger el patrimonio, ofrece asesoría jurídica permanente, apoderamiento en todos los ámbitos del ejercicio profesional y trabajo constante en prevención. En conjunto, constituyen una red integral de respaldo que se ajusta a las exigencias del ejercicio sanitario contemporáneo, caracterizado por la transformación digital, la exposición pública y la creciente judicialización del acto médico.
¿Preguntas frecuentes?
1. ¿Qué cubre exactamente una póliza de responsabilidad civil médica?
Una póliza de responsabilidad civil médica cubre la obligación de indemnizar los perjuicios que un profesional de la salud cause a terceros con ocasión del ejercicio de su actividad, siempre dentro de los límites, exclusiones y condiciones del contrato. Según la modalidad contratada (claims made, por ocurrencia o sunset), puede incluir los gastos de defensa judicial, honorarios de abogados, costas procesales y, en algunos casos, acuerdos conciliatorios. Su cobertura no es automática ni ilimitada: depende de la vigencia, del tipo de reclamación y del cumplimiento de los deberes de notificación y declaración del riesgo por parte del asegurado.
2. ¿Fepasde reemplaza a una póliza privada?
No. El Fepasde no sustituye la póliza de responsabilidad civil, sino que la complementa. Ambos instrumentos cumplen funciones diferentes dentro del sistema de protección del talento humano en salud. Mientras la póliza se orienta a cubrir económicamente las indemnizaciones derivadas de condenas judiciales, el Fepasde ofrece defensa jurídica, acompañamiento técnico-científico, asesoría permanente y estrategias de prevención del riesgo. Además, también protege el patrimonio del afiliado conforme a su reglamento, pero su mayor fortaleza radica en el respaldo continuo y en la defensa integral que no está sujeta a límites temporales ni deducibles.
3. ¿Qué ocurre si trabajo en varias instituciones o modalidades de atención?
La póliza de responsabilidad civil médica puede amparar la práctica profesional en diferentes instituciones siempre que cada una esté expresamente declarada en el contrato. Si el profesional omite informar alguno de los lugares donde ejerce, ese escenario podría considerarse riesgo no cubierto. El Fepasde, por el contrario, respalda al afiliado en todo su ejercicio profesional, sin importar cuántas instituciones, contratos o modalidades tenga, incluyendo consulta externa, cirugía, hospitalización, atención domiciliaria o telemedicina. Su cobertura se extiende al profesional y no a la entidad contratante.
4. ¿Cuánto cuesta una póliza de responsabilidad civil médica?
El valor depende de la especialidad, el nivel de riesgo, la aseguradora y el monto asegurado. En general, las primas son más altas en especialidades de riesgo elevado como anestesiología, gineco-obstetricia o cirugía plástica, y más bajas en áreas clínicas o de consulta ambulatoria. Sin embargo, el costo no siempre refleja mayor protección: la verdadera efectividad del seguro depende del tipo de cobertura temporal, de la retroactividad pactada y del cumplimiento de los deberes contractuales por parte del asegurado.
5. ¿Puedo tener Fepasde y póliza privada al mismo tiempo?
Sí. De hecho, esta combinación representa la estrategia más sólida de protección. La póliza cubre el riesgo económico mediante el pago de indemnizaciones dentro de los límites asegurados, mientras el Fepasde ofrece defensa jurídica permanente, asesoría en todos los ámbitos del ejercicio profesional y acompañamiento preventivo. Juntas conforman una red integral que protege tanto el patrimonio como la integridad jurídica y ética del profesional frente a los riesgos crecientes del ejercicio en la era digital.
6. ¿Qué sucede si me retiro temporalmente del ejercicio profesional?
Si un médico se retira temporalmente de la práctica y cuenta únicamente con una póliza de responsabilidad civil bajo la modalidad claims made, debe mantener la renovación continua del seguro. De lo contrario, cualquier reclamación presentada después de la terminación de la póliza quedará sin cobertura, incluso si el hecho ocurrió durante su vigencia. En cambio, el Fepasde conserva el respaldo jurídico y económico siempre que el afiliado mantenga sus aportes al día. Su protección no depende de la vigencia anual ni del momento en que se presente la reclamación, lo que garantiza acompañamiento estable durante el tiempo de retiro y reingreso al ejercicio.
