En el marco de una relación laboral existen un gran catálogo de derechos laborales que rigen tal vinculo; no obstante, es común en el sector salud encontrarse en escenarios que propician el desconocimiento de tales prerrogativas, siendo quizás el más ignorado dentro de este gran catálogo, el derecho al descanso.
Este derecho es entendido como “El derecho de todo trabajador de cesar en su actividad por un período de tiempo, tiene como fines, entre otros, permitirle recuperar las energías gastadas en la actividad que desempeña, proteger su salud física y mental, el desarrollo de la labor con mayor eficiencia, y la posibilidad de atender otras tareas que permitan su desarrollo integral como persona (…)”.
Frente a este derecho existen medidas que buscan materializar su cumplimiento, tales como (i) la existencia de jornadas máximas, (ii) el descanso obligatorio semanal, (iii) el otorgamiento de vacaciones, entre otros.
Por lo anterior, si en el marco de un contrato de trabajo usted como trabajador se encuentra en alguna de las siguientes situaciones, es posible que su derecho al descanso no esté siendo respetado:
Ante cualquiera de estas situaciones es recomendable realizar un acercamiento con su empleador de manera directa, en caso contrario puede acudir a alternativas jurídicas tales como interposición de derechos de petición, demandas laborales y en algunas situaciones a la acción de tutela por tratarse de un derecho fundamental.
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1 Sentencia C-019/2004, Corte Constitucional.
Jerly Vanessa Duran Acero - Abogada asesoría jurídica S.C.A.R.E.